Este ha
sido el cambio mas controvercial de la LOTTT.....
Existen
muchos opiniones encontradas de como resolver y poner en marcha el tema del
nuevo horario de trabajo, y mas aun desde que momento estoy obligado como
empresario a modificar el horario de los trabajadores de mi empresa y como
trabajador desde que momento y en que condiciones debo exigirlo.
DESDE
CUANDO APLICAR EL NUEVO HORARIO?
Las
disposiciones transitorias en su tercera parte establece:
"La
jornada de trabajo establecida en esta Ley entrara en vigencia al año de su
promulgacion"...
ENTONCES: El nuevo
horario debera comenzar desde el 07 de Mayo 2013..
Nota:
las empresas que dispongan aplicarlo antes, estan libre de hacerlo.... lo que
beneficie al trabajador es mucho mejor.
Durante
este año las empresas solo estan obligadas a organizar el horario con la
participacion de sus trabajadores y consignarlos ante la Inspectoria del
Trabajo para los efectos legales.
Plazo para consignar el Horario a la Inspectoria: hasta el 06/05/2013
Los Cambios:
*Dos (02)
dias de descanso continuos y remunerados.
Quiere
decir que si su dia libre es el Domingo.....el dia libre nuevo debe ser el
sabado o el lunes.
*Jornada
Máxima semanal: 5 dias
*Diurna:
5:00 am a 7:00pm/ 8 horas diarias/40horas semanales.
*Nocturna:
7:00 pm a 5:00 am/ 7 horas diarias/ 35 horas semanales
*Mixta:7 es la que abarca los
horarios diurnos y nocturnos 1/2 diarias/ 37 1/2 horas semanales
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