miércoles, 23 de mayo de 2012

NUEVO HORARIO DE TRABAJO


Este ha sido el cambio mas controvercial de la LOTTT.....

Existen muchos opiniones encontradas de como resolver y poner en marcha el tema del nuevo horario de trabajo, y mas aun desde que momento estoy obligado como empresario a modificar el horario de los trabajadores de mi empresa y como trabajador desde que momento y en que condiciones debo exigirlo.

DESDE CUANDO APLICAR EL NUEVO HORARIO?

Las disposiciones transitorias en su tercera parte establece:

"La jornada de trabajo establecida en esta Ley entrara en vigencia al año de su promulgacion"...

ENTONCES: El nuevo horario debera comenzar desde el 07 de Mayo 2013..

Nota: las empresas que dispongan aplicarlo antes, estan libre de hacerlo.... lo que beneficie al trabajador es mucho mejor.

Durante este año las empresas solo estan obligadas a organizar el horario con la participacion de sus trabajadores y consignarlos ante la Inspectoria del Trabajo para los efectos legales.

Plazo para consignar el Horario a la Inspectoria: hasta el 06/05/2013

Los Cambios:

*Dos (02) dias de descanso continuos y remunerados.

Quiere decir que si su dia libre es el Domingo.....el dia libre nuevo debe ser el sabado o el lunes.

*Jornada Máxima semanal: 5 dias

*Diurna: 5:00 am a 7:00pm/ 8 horas diarias/40horas semanales.

*Nocturna: 7:00 pm a 5:00 am/ 7 horas diarias/ 35 horas semanales

*Mixta:7 es la que abarca los horarios diurnos y nocturnos 1/2 diarias/ 37 1/2 horas semanales

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